El Tribunal Colegiado en Materias del Trabajo y Administrativa del Decimocuarto Circuito confirmó la resolución del Juzgado Cuarto de Distrito sobre el amparo presentado por la Asamblea de Defensores del Territorio Maya Múuch’ Xíinbal: la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) y las obras de los tramos 1, 2 y 3 del Tren Maya deben permanecer paralizadas.
El 30 de noviembre del 2020, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), por conducto de la Dirección General de Impacto y Riesgo e Impacto Ambiental (DGIRA), autorizó al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) la MIA en modalidad regional (MIA-R), para la ejecución del proyecto del Tren Maya en los tramos 1, 2 y 3; que van de Palenque, en Chiapas, a Izamal, en Yucatán.
Ante ello, el 20 de enero del 2021, la Asamblea de Defensores del Territorio Maya, Múuch’ Xíinbal, presentó un amparo por las violaciones al derecho al medioambiente sano y a sus derechos como pueblo maya originario, entre ellos, a obtener información y participar en las determinaciones que pueden afectar su territorio y recursos naturales, tal y como indica el Acuerdo de Escazú, ratificado en la actual administración.
Como consecuencia de ese amparo, el Juzgado Cuarto de Distrito determinó conceder la suspensión definitiva: ordenó a la SEMARNAT y DGIRA dejar sin efectos la MIA-R y detener las obras de la fase 1, basándose, entre otras cosas, en la necesidad de aplicar el principio precautorio o indubio pro natura, pues “existe una incertidumbre sobre el verdadero impacto de la obra.
Con información de Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C.